Cómo deben declarar Renta los NO residentes?

01.08.2016

Un No residente sólo está sujeto al impuesto sobre la renta y complementario respecto a sus rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional y respecto de su patrimonio poseído en el país.

Un No residente que no percibe ingresos de fuente nacional solo debe declarar el patriminio poseído en Colombia.

Si con los ingresos que se gana afuera, los trae a Colombia, y se compra unas propiedades, declara solo los bienes que se están formando en Colombia pero no va a mostrar los ingresos con lo que lo consiguió por la condición de no residente.

Las personas naturales si pueden ir armando su patrimonio y no necesariamente deben ir mostrando las rentas por la condición de no residente.

Según el parágrafo 2 del artículo 14 del Decreto 214 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público (10.02.2014): Las personas naturales residentes en el exterior deberán presentar la declaración de renta y complementarios en forma electrónica y dentro de los plazos señalados.  Igualmente, el pago del impuesto y el anticipo; podrán efectuarlo electrónicamente o en los bancos y demás entidades autorizadas en el territorio colombiano dentro del mismo plazo, utilizando para este fin un Recibo de Pago - 490, pero diligenciado por el portal no preimpreso.