Todos los Agentes de Retención deben declarar virtualmente
Con los cambios introducidos por la DIAN al formulario 350, las declaraciones de retención en la fuente ya no se podrán seguir presentando en bancos, a partir del año 2015 las personas naturales que sean agentes de retención y que aún no están obligadas a presentar de forma virtual sus declaraciones tributarias porque no les aplica ninguno de los criterios de la Resolución 12761 de diciembre del 2011, tendrán que acudir a los puntos de contacto de la DIAN a que les asignen mecanismos de firma digital para poder elaborar y presentar virtualmente sus declaraciones tributarias.