Ley 1739 de 2014 establece Beneficios para contribuyentes con Obligaciones en Mora
Quienes tengan deudas en mora del 2012 y años anteriores podrán obtener descuentos hasta del 80% en los intereses, si pagan el total de la obligación principal, a más tardar el 31 de mayo de 2015, y del 60%, si el pago se realiza entre el 01 de junio y el 23 de octubre de este año.
Cuando se trate de sanciones tributarias, aduaneras o cambiaras, impuestas mediante resoluciones o actos administrativos, se aplicarán descuentos del 50% sobre la misma sanción, si se paga, a más tardar, el 31 de mayo de 2015. Luego de esta fecha, y hasta el 23 de octubre, el descuento será del 30%.
La Reforma Tributaria también estableció la posibilidad para que los contribuyentes omisos (que no hayan hecho el correspondiente pago y - o declaración) o que tengan declaraciones con errores y que no hayan sido notificados con requerimientos especiales o emplazamientos por parte de la DIAN, presenten la declaración inicial pagando la totalidad del impuesto o tributo a cargo sin sanciones, actualización, ni intereses de mora hasta el viernes 27 de Febrero de 2015.