Grandes Contribuyentes

08.02.2014 20:08

Con la Resolución 000027 del 23.01.2014, el director de la DIAN fijó ocho (8) condiciones para determinar qué contribuyentes del Régimen Ordinario del Impuesto sobre la Renta y Complementarios serán calificados anualmente como Grandes Contribuyentes.

  1. Que sus activos fijos declarados en el impuesto de renta y complementarios sean superiores a 3.000.000 UVT
  2. Que su patrimonio líquido declarado en el impuesto de renta y complementarios sea superior a 3.000.000 UVT.
  3. Que sus ingresos brutos en el impuesto de renta y complementarios sean superiores a 2.000.000 UVT.
  4. Que el valor del total impuesto a cargo declarado en el impuesto de renta y complementarios sea superior a 35.000 UVT.
  5. Que el total anual de retenciones informadas en sus declaraciones mensuales de retenciones en la fuente, sea superior a 300.000 UVT.
  6. Que el total anual del impuesto generado por operaciones gravadas, formulario 300, sea superior a 200.000 UVT.
  7. Que el valor CIF de las importaciones sea superior a US$10 millones de dólares de Norteamérica.
  8. Que el valor FOB de las exportaciones sea superior a US$10 millones de dólares de Norteamérica.

Con anterioridad al 15 de Diciembre de cada año, el director de la DIAN deberá emitir la Resolución en la cual se establezcan y excluyan los Grandes Contribuyentes del año fiscal siguiente.

 

Con la Resolución 000041 del 30.01.2014, el director de la DIAN estableció los 3.576 contribuyentes que fueron calificados como Grandes Contribuyentes durante el año 2014.