Tributario

Etapa de Verificación

Plazo establecido por la administración de impuestos nacionales para verificar la información suministrada por los contribuyentes.

Impuesto sobre la Renta y Complementarios

Es el impuesto directo más importante del orden nacional exigido a los sujetos pasivos sobre los ingresos realizados en un período gravable y constitutivos de enriquecimiento, pre via aceptación de los costos y gastos previamente señalados en la ley. El impuesto de renta y complementarios es un solo gravamen integrado por el impuesto de renta y los complementarios de ganancia ocasional y de remesas.

Impuesto de Ganancias Ocasionales

Es el impuesto complementario que grava aquéllos ingresos que se reciben esporádicamente; se obtienen de actividades que no hacen parte del giro ordinario de los negocios del contribuyente, o por azar o por la liberalidad de otras personas.

Impuesto sobre las Ventas

Impuesto al valor agregado; gravamen indirecto sobre la venta e importación de bienes corporales muebles no excluidos; sobre la prestación de servicios expresamente gravados; excepcionalmente, sobre la venta de activos fijos en el caso de intermediarios que negocian habitualmente a nombre y por cuenta de terceros, vehículos y activos fijos y sobre la venta de aerodinos.

Liquidación Privada

Determinación por parte del contri buyente y responsable del impuesto a pagar o del saldo a su favor en sus declaraciones tributarias.

Liquidación Oficial

Determinación por parte de las Autoridades Tributarias del impuesto a pagar o del saldo a favor, que debió haber liquidado el contribuyente y responsable en su liquidación privada.

Obligación Tributaria

Es un vínculo establecido por la ley a través del cual el Estado puede exigir una prestación económica a cargo de los contribuyentes o responsables, también llamados sujetos pasivos.

Pago de lo no Debido

Un pago de lo no debido se genera cuando se hayan efectuado pagos con cargo a impuestos no administrados por la DIAN o a impuestos administrados por la DIAN y efectuados sin que existan causal legal para hacer exigible su cumplimiento.

Pagos en Exceso

Se configuran pagos en exceso cuando se cancelan sumas mayores a las que figuren liquidadas por el responsable de la obligación tributaria o por la Administración (renta, ventas, retención en la fuente) sea que se efectúe en uno o varios recibos oficiales de pago y/o en la declaración tributaria privada, liquidaciones oficiales, fallos vía gubernativa o recursos de reconsideración o acciones de revocatoria directa y sentencias o demandas y apelaciones ante los tribunales administrativos o Consejo de Estado.

Período Fiscal

Lapso durante el cual los contribuyentes cumplen con sus obligaciones tributarias; es definido por la ley tributaria.

Elementos: 41 - 50 de 60
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